Archivo del blog

jueves, 15 de marzo de 2018

El carisma de Junqueras y Sánchez como factor de reincidencia y otras rarezas de la justicia española

Llarena les denegó el permiso para salir de la prisión de Estremera y poder ir al Parlament de Cataluña

Los días 12 y 29 de enero, el juez estrella Llarena denegó a Oriol Junqueras y Jordi Sánchez su salida de la cárcel para asistir a plenos del Parlamento de Cataluña y declaró su incapacidad para asistir a dichas sesiones en sus autos, que fueron posteriormente recurridos por los afectados.

La sala de apelaciones del Tribunal Supremo reincide con los argumentos de Llarena

Hoy se ha hecho público que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de apelación de Oriol Junqueras y Jordi Sánchez contra esos autos. La decisión no sorprende puesto que atendiendo al interés de Estado que claramente se aprecia en la persecución de los disidentes de la unidad de España en la que el régimen anda bien ocupado.

En este caso, el auto del que ha sido ponente el magistrado Jorge Barreiro, dictado por la sala de apelaciones de la que también formaban parte los magistrados Colmenero Menéndez de Luarca y Monterde Ferrer ha dado la razón (¡Oh sorpresa!) al juez Llarena del supuesto riesgo de reiteración en un supuesto delito que más que supuesto parece delirado.

Una resolución con una estrambótica argumentación

Lo cierto es que el auto es de alucinar en colores. Rojigualdos. Se dice que “esta Sala comparte en su integridad el encumbramiento y la relevancia que otorga la parte recurrente al derecho de participación política, dada la repercusión que tiene en el ejercicio y desarrollo de otros derechos fundamentales y en la vigencia de todos los principios constitucionales inherentes a un Estado Social y Democrático de Derecho. Ahora bien, lo que sí debe tener también muy en consideración el impugnante es que todos esos derechos fundamentales y principios que ahora encumbra y ensalza como básicos en nuestro sistema jurídico constitucional, son los que, indiciariamente, y a tenor de las imputaciones de hechos punibles que le hace el Magistrado instructor, denostó, arrinconó y  contravino el investigado cuando, en el ejercicio de sus funciones de diputado electo, los instrumentalizó para realizar los presuntos graves delitos que ahora se le imputan". O sea, se dice que Oriol Junqueras impidió el ejercicio de sus derechos políticos a otros como diputado. Entiendo que aquí la condena se la deciden ellos mismos y el tipo penal tampoco se sabe muy bien cual es. Pero es que ¿delinquir ejerciendo de diputado? Parece que la justicia española, en su vertiente turca, todavía no ha descubierto la inmunidad parlamentaria.

Auto del TS sobre los derechos fundamentales de Junqueras
El auto del TS argumenta sobre los derechos fundamentales de Junqueras y como este supuestamente los denostó en su ejercicio como diputado

El parlamente como sede donde se cometieron supuestos "crímenes"

Y esto no es todo. El auto señala que no le dejan volver al lugar del "crimen". ¿Tuvo entonces lugar en el parlamento el delito de rebelión que se narra en un perfecto ejercicio de una narrativa que resulta de ficción bien elaborada? ¿Quién mas vio al vicepresidente Junqueras alzándose violentamente en el parlamento catalán? De nuevo, el ridículo de la justicia española es más grande que un océano.

En el parlamento se perpetraron delitos presuntamente según el TS
El auto del TS presenta el Parlamento de Catalunya como el escenario donde se cometieron los hechos supuestamente delictivos

El poder de la presencia de Junqueras en el parlamento: del riesgo para el ordenamiento jurídico al encrespamiento ciudadano

También resulta más que chocante el hecho de que la sala argumente que si permitieran a Oriol Junqueras ejercer sus derechos, se pondría "en riesgo la vigencia del ordenamiento jurídico", provocaría una alteración de la convivencia y un "encrespamiento de la ciudadanía" (sic). El lenguaje faltón para con los ciudadanos no debe faltar nunca en una resolución judicial bien hispaño-española. ¡Y qué poder, el del señor Junqueras que solo en acudir al parlamento ya pondría en riesgo el ordenamiento jurídico!

El liderazgo carismático de Junqueras y Sánchez como factor de reincidencia

Lo más llamativo es el estudio del tipo de liderazgo que deben haber llevado a cabo los magistrados de la sala puesto que dicen que no tiene nada que ver con el caso de Yoldi porque Jordi Sánchez, el exlíder de la ANC, y también Oriol Junqueras tienen un "liderazgo carismático". Tan carismático que es un factor que contribuye a "incrementar el riesgo de reiteración delictiva y a desencadenar posibles movilizaciones públicas que afectarían a la convivencia ciudadana y alterarían la paz social”. ¡Madre mía! La justicia española está peor de lo que uno se podría llegar a imaginar pensando en el peor de los escenarios.

Carisma del preso junqueras como factor para la reincidencia
El auto del TS argumenta que el liderazgo carismático de los presos Junqueras y Sanchez es un factor que incrementa el riesgo de reiteración delictiva




No hay comentarios:

Publicar un comentario